Decretan nulidad de proceso porque abogada no sabía que la estaban investigando disciplinariamente
17 de Julio de 2023
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) decretó la nulidad de lo actuado a partir del inicio del trámite de notificación del auto de apertura de investigación disciplinaria en contra de una abogada que no fue notificada a ninguna de las direcciones que aparecían en el Registro Nacional de Abogados.
La CNDJ evidenció que no fue notificada en debida forma, por lo que no tuvo la oportunidad de ejercer el derecho de defensa desde el inicio del proceso, pues las erradas direcciones de envío de las comunicaciones le impidieron conocer la existencia del proceso y menos aún fue enterada de las citaciones efectuadas por el despacho a las diferentes audiencias programadas a lo largo de la actuación disciplinaria.
La Sala precisó que el acto de notificación cumple la finalidad de poner en conocimiento de los sujetos procesales el contenido de las providencias que se profieran dentro del proceso. De ahí que mediante dicho acto se pretende garantizar el debido proceso, en aras de que el inculpado ejerza su derecho de defensa y de contradicción. Así mismo, la notificación asegura los principios de celeridad y eficacia de la función judicial al establecer el momento en que empiezan a correr los términos procesales.
De conformidad con lo anterior, en virtud de los derechos al debido proceso y de defensa, el juez disciplinario debe respetar estrictamente las formas de notificación previstas en la Ley 1123 del 2007. Así que se configuró la causal de nulidad relacionada en el numeral 2 del artículo 98 de la Ley 1123 del 2007, al haberse acreditado la violación al derecho de defensa de la abogada investigada disciplinariamente (M. P.: Diana Marina Vélez Vásquez).
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