Proceso disciplinario no es escenario para justificar inasistencia a una audiencia
13 de Julio de 2023
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) confirmó la sanción que se le impuso a un abogado que no asistió a una audiencia trayendo como consecuencia que se declarara desierto el recurso de apelación que había interpuesto dentro de un proceso judicial en contra de la sentencia desfavorable a los intereses de la persona que contrató sus servicios profesionales. Para agravar la situación, no presentó excusa por su inasistencia y tampoco informó a su poderdante las razones de abandono del proceso sin previo aviso.
La defensa del abogado solicitó la nulidad de la sentencia condenatoria por cuanto, según su criterio, no se decretaron pruebas a favor del sancionado, en aras de obtener la certeza más allá de toda duda razonable de la comisión de la falta que conllevara a la imposición de la sanción.
Sin embargo, la Comisión encontró que el abogado en su versión libre fue claro en decir que sí tenía conocimiento de la audiencia, pero que por motivos de salud no pudo comparecer y que allegaría la excusa médica a través de un colega.
Para la Sala, dicha circunstancia no lo exonera de su deber de actuar diligentemente en el encargo encomendado, al punto que una vez se encontrara bien de salud le asistía la obligación de verificar si fue o no radicada la incapacidad médica y revisar la decisión de la instancia superior sobre el particular. Adicionalmente, determinó que el proceso disciplinario no es el escenario para justificar la inasistencia a una audiencia, pues ello le corresponde al interesado ante el juez natural (M. P.: Diana Marina Vélez Vásquez).
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