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Variar imputación del uso de documento falso por falsedad en documento privado viola el principio de congruencia (8:08 a.m.)

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28 de Julio de 2015

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La Corte Suprema reiteró la posibilidad de que el juez profiera sentencia por delitos diferentes a los contenidos en la acusación, siempre y cuando el fiscal lo solicite expresamente, se trate de un punible del mismo género, la modificación corresponda a un ilícito de menor o igual entidad, se respete el núcleo fáctico y no se afecten los derechos de los intervinientes. Teniendo en cuenta esto, indicó que variar la imputación del uso de documento falso por la falsedad en documento privado viola el principio de congruencia, pues no comparten el mismo núcleo fáctico, ya que el objeto material de la primera infracción es un documento público y de la segunda es uno privado, y, además, aquel solo sanciona el uso, mientras que este último exige que el sujeto activo haga parte de la creación espuria y la introduzca en el tráfico jurídico. Así mismo, el alto tribunal advirtió que esos dos delitos también se diferencian del abuso de condiciones de inferioridad, esto es, abusar de la pasión, necesidad, inexperiencia o trastorno mental de una persona e inducirla a realizar un acto capaz de producir efectos jurídicos que la perjudique, con el fin de obtener provecho ilícito. Al respecto, el fallo explicó que la configuración de este abuso requiere que la persona conozca previamente la condición de inferioridad del sujeto pasivo (M. P. Gustavo Malo).

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