Trámite de procesos de desmovilizados por la justicia ordinaria puede calificarse como un fraude al proceso de Justicia y Paz: Corte Suprema (1:50 p.m.)
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16 de Agosto de 2012
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La Corte Suprema de Justicia llamó la atención a los jueces para que los procesos adelantados contra desmovilizados postulados a la Ley de Justicia y Paz no continúen su trámite como si se tratara de delitos comunes. Según la Sala Penal, se puede estar presentando un fraude al proceso de Justicia y Paz, porque se están aceptando los cargos y omitiendo enfrentar a las víctimas, por ser “cómoda la opción de la reducción de pena por sentencia anticipada”. El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al dirimir un conflicto de competencias para conocer del acta de formulación de cargos para sentencia anticipada en el proceso que se sigue contra la desmovilizada del grupo armado Farc Elda Neyis Mosquera, por el delito de reclutamiento ilícito, desaparición forzada agravada y homicidio de un joven de 15 años. La sala recordó que el desmovilizado solo puede realizar aceptaciones de cargos en procesos originados con antelación a la desmovilización, ante el magistrado que ejerza funciones de control de garantías de Justicia y Paz. Por tal razón, llamó la atención a la Fiscalía General de la Nación para que adopte medidas para vigilar la concentración de los procesos que se adelanten contra el desmovilizado (M. P. José Leonidas Bustos).
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