También puede configurarse existencia del hecho de la víctima en casos de privación injusta de libertad (10:03 a.m.)
22 de Diciembre de 2015
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Nota:
106376
Así lo puntualizó la Sección Tercera del Consejo de Estado luego del análisis jurisprudencial de la Sentencia C-037 de 1996, el artículo 90 de la Constitución Política y el artículo 68 de la Ley 270 de 1996. Por consiguiente, aclaró que también puede configurarse la existencia del hecho de la víctima en los casos de privación injusta de la libertad, cuando esta en el proceso penal asume una conducta dolosa o gravemente culposa que no permita el avance de la investigación. De esta manera, ejemplificó esta situación jurídica, cuando el perjudicado da varias declaraciones bajo juramento contradictorias ante la autoridad judicial, que conllevan al procesado a mantener la medida de privación, o que sin estar privado de la libertad, la víctima no comparezca al proceso, lo que determina que se dicte en su contra una medida de aseguramiento a fin de garantizar la continuidad de la investigación penal. De esta manera, se configuran los argumentos necesarios para que la administración de justicia niegue las pretensiones de una demanda por privación injusta de la libertad cuando se comprueban estas situaciones fácticas (C.P. Ramiro Pazos).
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