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Solicitud de pruebas en común es viable en el proceso penal (2:42 p.m.)

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27 de Mayo de 2016

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La Sala Penal de la Corte Suprema reiteró que una vez acreditada la conducencia, pertinencia y utilidad de la prueba solicitada por ambas partes es posible decretarla en el marco del proceso penal acusatorio. Lo anterior siempre y cuando las partes expresen dónde radica, según su teoría del caso, la pertinencia y conducencia de la prueba solicitada, planteando claramente cuál es el objetivo de misma. La providencia advierte que negar a alguno de los sujetos procesales la prueba que se haya solicitado de manera común, para radicarla exclusivamente en aquel que la pidió primero, alejándose de los criterios de valoración que permiten advertir que el mismo elemento puede ser requerido con finalidades diametralmente opuestas, lesiona garantías fundamentales al debido proceso, defensa, contradicción e igualdad de oportunidades (M. P. Luis Guillermo Salazar).

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