Se debe constatar potencialidad e idoneidad del arma para afectar la seguridad pública y otros bienes jurídicos de naturaleza individual
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10 de Marzo de 2021
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Dentro de un proceso penal relacionado con el delito de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia manifestó que se debe probar la potencialidad e idoneidad del arma para afectar la seguridad pública y otros bienes jurídicos de naturaleza individual, como la vida y la integridad personal. Acorde con ello, la Sala enfatizó que es fundamental referirse a la idoneidad del arma, para descartar que, en el caso concreto, la carencia de algunos accesorios de disparo y percusión no esenciales le suprimieran su condición como tal. Así las cosas, al evidenciar la potencialidad lesiva del arma de uso privativo, es dable tener por acreditada la antijuridicidad material del comportamiento, teniendo en cuenta su capacidad para afectar la seguridad pública y otros bienes jurídicos relevantes. De conformidad con los hechos del caso, la Corporación aseguró que la falta de los accesorios de disparo y percusión no le quitan al mortero la condición de arma de fuego. Conozca más determinaciones en la providencia anexa a la nota (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).
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