Sala Penal reitera rasgos de la garantía procesal de la no reformatio in pejus (11:05 a.m.)
16 de Octubre de 2018
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Nota:
109162
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el diseño constitucional de la garantía procesal de la no reformatio in pejus conlleva a que esta constituya (i) un límite a la actividad del juez de segunda instancia en el sentido de que le está vedado agravar la pena o sanción impuesta al condenado o afectado en un proceso o procedimiento administrativo, (ii) evite que este último sea sorprendido con una sanción que no tuvo oportunidad de controvertir y (iii) permita el ejercicio del derecho de defensa, ya que aleja el temor al incremento de aquélla. Igualmente, el fallo precisó que nada obsta para que el legislador amplíe el ámbito de protección de dicha garantía constitucional, con el fin de que no vulnere alguna disposición constitucional. Además, indicó que extender la prohibición de la reformatio in pejus a cualquier situación estaría acorde con un principio esencial de los sistemas acusatorio, el cual establece la exigencia de correlación entre la acusación y la sentencia (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).
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