Sala Penal precisa deberes del recurrente cuando alega falso raciocinio (4:06 p.m.)
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12 de Abril de 2018
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El falso raciocinio es un error de hecho y le corresponde a la persona que lo alega señalar en forma objetiva qué dice el medio probatorio, cuál fue la inferencia a la que equivocadamente llegó el juez y cuál es la correcta, así como evidenciar el mérito persuasivo otorgado y el postulado lógico, la ley científica o la máxima de la experiencia desconocida en el fallo, indicó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Por otro lado, el recurrente también debe identificar la norma de derecho sustancial que indirectamente resultó excluida o indebidamente aplicada y la trascendencia del error, en aras de establecer que de no haberse incurrido en el yerro el sentido de la sentencia habría sido sustancialmente opuesto al contenido en la decisión atacada. Conozca otros deberes del recurrente en el texto adjunto a esta nota (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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