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Sala Penal precisa alcance del instituto de la reformatio in pejus (8:00 a.m.)

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14 de Agosto de 2018

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del principio de favorabilidad y en atención de las precisiones hechas por la Corte Constitucional respecto del artículo 20 de la Ley 906 del 2004, enfatizó su postura frente a la reformatio in pejus. Al respecto afirmó que esta figura no solo procede en relación con las sentencias, pues también cobija a los autos y providencias susceptibles del recurso de apelación. Igualmente indicó que la nueva concepción de este instituto se aplica también a hechos investigados y juzgados por la Ley 600 del 2000, siempre que la decisión cuestionada haya sido emitida después del 1º de enero del 2005, esto es, cuando entró en vigencia gradual y sucesiva el nuevo sistema acusatorio. Conozca otras precisiones de este instituto en la providencia adjunta a la nota (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

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