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Sala Penal hace precisiones sobre la prescripción en el delito de fraude procesal (8:00 a.m.)

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27 de Noviembre de 2017

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Una providencia reciente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia concluye que en el delito de fraude procesal la lesión del bien jurídico tutelado se prolonga durante todo el tiempo en el que la autoridad se mantenga en el error y aun después si se llevan a cabo actos de ejecución y consumativos de ese proceder. Ahora, en lo que toca a la prescripción, la Sala dijo que la jurisprudencia ha aclarado que ese término no empieza a contarse a partir de la firmeza del acto, sino del último que indujo al error, entendiendo este no como aquel momento histórico en el que el servidor público dictó el acto contrario a la ley, cuando alcanza a materializarse, sino hasta cuando la conducta ilícita ha dejado de producir sus consecuencias y cese (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

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