Retractación del testigo no puede recibir el tratamiento de nueva prueba (4:00 p.m.)
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17 de Julio de 2015
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En el caso concreto, la fiscalía pretendió presentar como prueba, dentro de una acción de revisión, la declaración de una testigo presencial; sin embargo, y aunque esta no fuera allegada como prueba en el juicio, la Sala advirtió, respecto del primer testimonio tomado a la declarante, poco tiempo después de ocurridos los hechos, que en realidad se trataba de una retractación. Al respecto, consideró que la retractación del testigo no puede recibir el tratamiento de prueba nueva, pues lo único que se pretende con ella es afectar la credibilidad que a su exposición se le dio en el fallo, tema que, desde luego, no puede ser examinado de nuevo ni aun en revisión. Sobre el particular, reiteró que la idea de prueba nueva no está limitada a que el medio probatorio no figure como aportado al proceso cuya revisión se pretende o sea posterior a la sentencia, sino que exige que la evidencia presentada como novedosa, de haber sido conocida por el juzgador en su momento lo habría llevado a la absolución del procesado o a la condena según fuere el caso (M.P. José Leonidas Bustos).
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