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Reiteran posibilidad de variar imputación jurídica (2:25 p.m.)

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10 de Octubre de 2013

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La imputación jurídica en el acto de vinculación del procesado no impide su variación posterior, pues la calificación dependerá de diversos factores, como la prueba sobreviniente o una mejor comprensión de los hechos. Así lo reiteró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al señalar que lo importante es que, desde la indagatoria, al procesado se le haya atribuido el núcleo esencial de los hechos del juzgamiento y la condena. Por otra parte, recordó que solo se vulnera el principio de doble incriminación cuando existe una correspondencia de causa, es decir, los delitos reprochados lesionan o ponen en peligro un interés jurídico idéntico. Finalmente, el fallo insistió en que para probar o desestimar la comisión del punible son irrelevantes los medios de conocimiento alusivos a la vida o reputación del imputado (M. P. Javier Zapata).

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