Registraduría modifica tiempo de expedición de certificación del director de censo electoral (11:58 a.m.)
20 de Marzo de 2019
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Nota:
110696
La certificación del director de censo electoral que contendrá el informe técnico definitivo de verificación de firmas se expedirá dentro de los tres días calendario siguientes a la presentación de la contradicción y versará exclusivamente sobre la verificación de los apoyos objetados que hayan sido motivados por el comité, o su apoderado debidamente constituido, y respecto de la causal de anulación específica. Contra esta no procede recurso alguno y será la decisión definitiva, así lo definió la Registraduría en la Resolución 2214 del 2019, con la cual modificó la Resolución 1725 del 2019.
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