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Recuerdan requisitos para validar una grabación hecha por un particular sin orden judicial (2:30 p.m.)

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09 de Octubre de 2013

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Una grabación hecha por un particular sin orden judicial tendrá validez en un proceso penal si se realiza directamente por la víctima o con su aquiescencia, si capta el momento de la comisión del delito y si su finalidad es preconstituir prueba del mismo. Así lo recordó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al precisar que no es viable grabar conversaciones propias con terceros y usarlas en beneficio de intereses particulares. De otro lado, la corporación indicó que el recurso de apelación no solo procede contra los autos que niegan las solicitudes probatorias, sino también frente a los que las decretan, siempre y cuando la contraparte se haya opuesto a ello en el momento procesal pertinente (M. P. María del Rosario González).

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