14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Recuerdan requisitos para obtener la sustitución de la medida de aseguramiento en Justicia y Paz (10:58 a.m.)

09 de Julio de 2015

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Nota:
102301
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el artículo 18A de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005) dispone que el postulado que se haya desmovilizado estando en libertad podrá solicitar, ante el magistrado con funciones de control de garantías, una audiencia de sustitución de la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario por una medida de aseguramiento no privativa de la libertad. Según el alto tribunal, el magistrado podrá conceder la sustitución de la medida de aseguramiento en un término no mayor a 20 días, contados a partir de la respectiva solicitud, cuando el postulado haya  permanecido como mínimo ocho años en un establecimiento de reclusión con posterioridad a su desmovilización, por delitos cometidos durante y con ocasión de su pertenencia al grupo armado organizado al margen de la ley, y cuando haya participado en las actividades de resocialización disponibles. Igualmente, cuando haya participado y contribuido al esclarecimiento de la verdad en las diligencias judiciales del proceso de Justicia y Paz, cuando haya entregado los bienes para contribuir a la reparación integral de las víctimas, siempre que no hubiese cometido delitos dolosos con posterioridad a la desmovilización (M.P. Gustavo Enrique Malo).

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