Recuerdan principio de exclusión de la prueba (11:58 a.m.)
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18 de Julio de 2013
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Las pruebas viciadas de legalidad en su obtención o violatorias de los derechos fundamentales deben excluirse del proceso y no deberán tenerse en cuenta, al no existir jurídicamente. Así lo recordó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al señalar que la decisión tendrá que proferirse con base en las pruebas restantes, sin que se requiera declarar la invalidez de las actuaciones procesales. Por otro lado, la corporación indicó que la obtención de muestras corporales solicitada por el fiscal o la policía judicial debe ser autorizada previamente por el juez de control de garantías, pues es una afectación media o alta al ejercicio de los derechos fundamentales (M. P. José Leonidas Bustos).
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