Recuerdan límites para incoar hábeas corpus (2:55 p.m.)
20 de Abril de 2015
Reproducir
Nota:
101064
La Corte Suprema de Justicia reiteró que la acción encaminada a proteger la garantía de la libertad personal, de conformidad con lo previsto en la Ley 1095 del 2006, únicamente podrá invocarse por una sola vez; sin embargo, de acuerdo a lo dicho por la Corte Constitucional en Sentencia C-187 del 2006, esa determinación se condiciona en el entendido de que el hábeas corpus se podrá invocar o ejercer por una sola vez respecto de cada hecho o actuación constitutiva de violación de los derechos protegidos mediante el artículo 30 superior, luego de lo cual la decisión hará tránsito a cosa juzgada y no resultará procedente el ejercicio de una nueva solicitud basada en las mismas situaciones fácticas que fueron objeto de decisión en la precedente oportunidad (M. P. Eyder Patiño Cabrera).
Opina, Comenta