Recuerdan carga probatoria de quien pretende la admisión de declaraciones anteriores al juicio oral (10:34 a.m.)
24 de Julio de 2019
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Nota:
121435
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que cuando exista la pretensión de admitir al juicio oral como prueba de referencia una declaración anterior, aparte del proceso de descubrimiento y solicitud probatoria, al postulante le corresponde acreditar alguno de los eventos regulados en artículo 438 de la Ley 906 del 2004 y, así mismo, la demostración de la existencia y el contenido de las declaraciones anteriores (M. P. Patricia Salazar).
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