¿Qué aspectos debe demostrar quien invoca una causal de nulidad en un trámite penal? (3:33 p.m.)
14 de Agosto de 2018
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Nota:
107580
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que cuando se invoca una causal de nulidad dentro de un proceso penal al impugnante le corresponde precisar la especie de irregularidad sustantiva generadora de la invalidación, los fundamentos fácticos y las normas vulneradas. De igual forma debe manifestar y demostrar las razones del quebranto, labor argumentativa que debe desarrollar ajustándose a la realidad procesal, precisó el fallo. Por otra parte, el censor también debe determinar el tramo de la actuación donde el defecto surte sus consecuencias expresando la causa por la cual no hay manera distinta de restaurar el derecho menoscabado que optar por la declaratoria de nulidad. Finalmente, el fallo afirmó que es del resorte del recurrente acreditar que la irregularidad denunciada produce una secuela negativa y esencial en la declaración de justicia contenida en el fallo impugnado, pues el recurso extraordinario no puede sustentarse en especulaciones o en aspectos incapaces de originar el desconocimiento de garantías (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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