¿Pueden restringirse visitas conyugales como consecuencia de una sanción disciplinaria? (4:31 p.m.)
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01 de Junio de 2018
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Las visitas íntimas pueden ser objeto de restricciones en procura de la seguridad, orden y salubridad de los establecimientos carcelarios, así como por el incumplimiento del régimen disciplinario. En tal sentido, la Corte Constitucional aseguró que pueden ser limitadas temporalmente como consecuencia de una sanción disciplinaria, pero no desobedecer los principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad. Lo anterior porque se podría anular el goce de los derechos fundamentales a la intimidad, a la unidad familiar, el libre desarrollo de la personalidad y el respeto por la dignidad humana, y desconocer la función resocializadora de la pena (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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