Protegen derechos de docente que denunció acoso sexual a estudiantes y fue aislada de la comunidad educativa
Pese a la gravedad de la situación, el colegio priorizó la defensa de su imagen antes que prevenir y atender las violencias de género.Openx [71](300x120)

11 de Septiembre de 2025
A pesar de los rumores que surgieron en un colegio sobre presuntas conductas de acoso sexual contra niñas y adolescentes por parte de profesores y personal administrativo, la situación solo se visibilizó gracias a la intervención de una de las docentes de la institución, quien aseguró obrar en respuesta al deber de denuncia y a la protección reforzada que merecen los menores de edad. Se radicó ante la Fiscalía General de la Nación una denuncia por el delito de acoso sexual.
No obstante, la fiscal delegada, tras varios meses de investigación, resolvió archivar el proceso por atipicidad de la conducta. Uno de los docentes señalados interpuso acción de tutela en contra de la institución educativa y de la denunciante, argumentando una campaña de difamación en su contra al acusarlo públicamente de ser un “sicópata abusador de niños”, lo que le generó un grave reproche social.
Los jueces de instancia ordenaron al colegio comunicar públicamente el cierre de la investigación contra el accionante, como una forma de revindicar su buen nombre. No obstante, La Corte Constitucional sostuvo que ni la institución educativa ni las denunciantes vulneraron los derechos al buen nombre y a la honra del profesor. El colegio no actuó desde el principio de manera diligente. Pese a la gravedad de la situación, priorizó la defensa de su imagen antes que la prevención, atención y seguimiento eficaz a las violencias de género.
La profesora que denunció sufrió violencia aislante por parte de la comunidad educativa al asumir la defensa de las estudiantes víctimas. El alto tribunal resaltó la importancia de esta problemática en los entornos educativos. Los docentes cumplen un rol decisivo en la respuesta a la violencia, pues a menudo son testigos inmediatos y los primeros en interceder. Sin embargo, la ausencia de mecanismos de protección, espacios seguros y redes de apoyo generan un efecto disuasorio en asumir su defensa, dejando a las víctimas sin posibilidades de apoyo o visibilización.
Se negó el amparo invocado y se concedió protección a los derechos a una vida libre de violencias y a la libertad de expresión de las estudiantes y la docente denunciante, se ordenó al colegio habilitar un espacio para que las estudiantes interesadas puedan realizar, si lo desean, un acto público de denuncia de las conductas que consideran acoso sexual. Así mismo, se advirtió al rector sobre su rol activo y diligente en la protección y garantía de los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes vinculadas a la comunidad educativa (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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