11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

6/ 5

Has completado el límite de visualizaciones. Suscríbete y continúa la experiencia LEGIS.

Noticias / Penal


Privación del derecho a la tenencia y porte de armas es de 15 años y debe atenerse al sistema de cuartos: Sala Penal (4:04 p.m.)

26 de Enero de 2018

Reproducir
Nota:
59724
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó que el tope de la privación del derecho a tener y llevar armas de fuego es de 15 años. También señaló que en la dosificación de las sanciones de otros derechos, como la de este es este tipo de privación, es deber atenerse siempre al sistema de cuartos, sin importar que estas sean principales o accesorias. De ahí que como el tribunal de instancia no tuvo en cuenta estas consideraciones la Sala decidió casar oficiosa y parcialmente el fallo de segunda instancia, dosificando nuevamente la sanción accesoria. En el documento adjunto a esta nota encuentre el caso concreto objeto de estudio (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

Opina, Comenta

HAS COMPLETADO EL LÍMITE DE NOTICIAS
SUSCRÍBETE Y CONTINÚA LA EXPERIENCIA LEGIS

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)