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Prevaricato por acción no exige daño concreto a un bien distinto al de la administración pública (9:35 a.m.)

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20 de Mayo de 2013

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que la configuración del delito de prevaricato por acción no exige un daño concreto a un bien diferente al de la administración pública. Según el fallo, la antijuridicidad de dicho ilícito no requiere un perjuicio patrimonial a determinada persona o entidad, pero si esto ocurre la conducta es pluriofensiva. En efecto, lo que debe existir es la afectación a la probidad y rectitud del servicio público con el acto manifiestamente contrario a la ley, advirtió (M. P. Gustavo Enrique Malo).

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