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Precisan competencia extendida de jueces ante caso de violencia de género con agentes químicos (4:00 p.m.)

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12 de Marzo de 2019

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Las lesiones personales con sustancias químicas contra las mujeres constituyen una forma de violencia que tiene en Colombia un crecimiento exponencial, a punto tal que el legislador nacional debió tomar medidas legislativas para hacerles frente, como las leyes 1639 del 2014 y la 1773 del 2016. Además, indicó que los estudios modernos consideran que esta acción sobrepasa el nivel de aceptación que tiene la sociedad sobre la violencia, por lo que tal comportamiento ha sido catalogado como una forma de violencia extrema. Por otra parte, el fallo precisó que el ámbito de competencias de los operadores judiciales no se limita a solo interpretar y aplicar la ley para la resolución de un caso concreto, sino que se extiende a la adopción de todas aquellas medidas eficaces que conduzcan a eliminar los prejuicios y estereotipos socio culturales. Así las cosas, el cumplimiento del mandato constitucional e internacional de protección a esta calidad de víctimas implica que si al momento de ejercer sus competencias legales los operadores se percatan de la existencia de una situación que respecto de ellas amerita desplegar un ámbito especial de protección el máximo órgano de la justicia ordinaria pueda adoptar ciertos actos procesales encaminados a revertir tal estado de cosas (M. P. José Francisco Acuña Vizcaya).

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