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Por inconsistencia en declaraciones, no casan sentencia que absuelve militares de homicidio consumado y tentado (8:00 a.m.)

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17 de Julio de 2018

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no casó la sentencia impugnada que absolvió a varios militares de los delitos de homicidio consumado y tentado en persona protegida. Según los hechos relatados por un capitán del Ejército implicado, una noche estando en compañía de otros uniformados, en el puesto de control militar que protegían, se presentó un hostigamiento, lo que generó un intercambio de disparos con los atacantes, en el que resultó muerto un civil y fue herido otro. Por su parte, la versión de la persona herida es distinta, pues afirmó que él se encontraba en compañía de la persona, que luego mataron, cuando fueron abordados por dos sujetos que indicaron ser militares y les pidieron que los acompañaran porque necesitaban personal para pagar servicio militar. Los llevaron al puesto de control y, posteriormente, les sugirieron que se pusieran unas botas de caucho para no ensuciar los tenis, pero se negaron y se los llevaron a caminar. En ese momento les dispararon repetidamente con un fusil. El sobreviviente, al sentirse herido, se hizo pasar como muerto. Luego de revisar las declaraciones, la corporación concluyó que el fundamento principal de la fiscalía descansa en el testimonio de la persona sobreviviente, quien no fue convincente en los relatos que entregó a la justicia sobre la forma como se produjo su retención, ni consistente en el señalamiento de las circunstancias que precedieron, acompañaron y siguieron la causación de sus heridas y la muerte de su amigo, entre otros argumentos, por lo que no casó la providencia (M.P. José Francisco Acuña Vizcaya)

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