Texto de la ley que penaliza la discriminación (8:27 a.m.)
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02 de Diciembre de 2011
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En adelante, quien arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual incurrirá en pena de 12 a 36 meses de prisión y en multa de 10 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Así lo establece la Ley 1482 del 2011, modificatoria del Código Penal, que busca garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación. La norma contempla unas circunstancias de agravación punitiva (las penas señaladas se aumentarán de una tercera parte a la mitad), cuando la conducta se ejecute en espacio público o establecimiento público, entre otros casos, y de atenuación punitiva (las penas se disminuirán en una tercera), cuando el sindicado o imputado se retracte públicamente de manera verbal y escrita de la conducta por la cual se le investiga y se dé cumplimiento a la prestación del servicio que se denegaba.
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