Penal
Testimonios de menores de edad no siempre tienen credibilidad
25 de Julio de 2013
A los menores de edad no se les puede otorgar credibilidad en cualquier caso, y especialmente por su condición de posibles víctimas de abuso sexual, aseguró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
El alto tribunal señaló que los testimonios de los niños y adolescentes también deben examinarse según los criterios establecidos en el artículo 277 de la Ley 600 del 2000, sin parcialidad ni perjuicios y teniendo en cuenta los demás medios probatorios.
En el caso analizado, la Corte absolvió penalmente al padre de una menor de 11 años que alegaba ser víctima de abuso sexual por parte de su progenitor. De acuerdo con el fallo, la menor fue manipulada por su madre para que denunciara que había sido accedida carnalmente en múltiples oportunidades por su padre.
Al respecto, la corporación citó el texto Abuso sexual infantil, de Silvio Lamberti, que menciona los parámetros especiales que se deben observar en el análisis del testimonio de los menores víctimas de delitos sexuales.
Con base en él, señaló que los menores de edad pueden ser llevados a dar un falso testimonio de abuso, ya que pueden ser confundidos por el uso de preguntas sugestivas o tendenciosas.
“Puede ser relativamente fácil desviar a un niño de 4 años en los detalles tales como el color de los zapatos u ojos de alguien, pero es mucho más difícil desviar al mismo niño acerca de hechos que le son personalmente significativos tales como si fue golpeado o desvestido”, agregó.
Finalmente, indicó que el diagnóstico del abuso sexual infantil se basa fuertemente en la habilidad del entrevistador para facilitar la comunicación del niño, ya que este frecuentemente es reacio a hablar de la situación abusiva.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 40876, jul. 10/13, M. P. Gustavo Enrique Malo)
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