Sala Penal explica diferencia entre delitos de propia mano y de mera conducta (11:24 a.m.)
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30 de Enero de 2018
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Al resolver un recurso de casación y al establecer si el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones es de propia mano o de mera conducta, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó las diferencias entre estas clasificaciones. Con base en una providencia del año 2016, el fallo recordó que no es posible equiparar los delitos de propia mano con los de mera conducta, toda vez que los primeros hacen alusión a una exigencia relativa al sujeto agente frente a la conducta y los últimos se refieren al contenido del comportamiento en razón de la potencialidad del daño que envuelve. Así las cosas, estableció que no es cierto que el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones sea de propia mano, puesto que, por los múltiples verbos que contiene no es posible hacer esa afirmación. En tal sentido, afirmó que si solamente se contemplara el verbo rector “portar” que prevé el delito, resulta oportuno señalar que puede ocurrir que alguien le preste ayuda a otro para que pueda concretar la conducta y en este evento no cabe duda que se activa la posibilidad para predicar la forma de participación de la complicidad frente a la conducta punible (M. P. Fernando León Bolaños Palacios).
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