Penal
Reforma a la detención preventiva no aplica a casos regidos por la Ley 600 del 2000
19 de Agosto de 2016
La Sala Penal de la Corte Suprema advirtió que la Ley 1760 del 2015, que modificó el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004) en lo relacionado con las medidas de aseguramiento privativas de la libertad, no es aplicable a asuntos regulados por la Ley 600 del 2000, comoquiera que esta es una legislación procesal penal diversa.
Para la Sala, las causales de libertad provisional tienen una regulación y tratamiento autónomo en cada una de las legislaciones procesales reseñadas, por lo que no resulta procedente que un acusado cuya actuación se tramita por la Ley 600 citada acuda a una causal enlistada en la Ley 906 para reclamar el aludido derecho, pues, además, no existe coincidencia de los plazos.
En el caso concreto, la Corte negó la petición de libertad del excongresista Luis Alfredo Ramos, quien, a través de su defensor, solicitó la libertad por vencimiento de términos. Al respecto, se precisó que la disposición por expreso mandato de la Ley 1786 del 2016 solo entrará en vigencia a partir del 1° de julio del 2017. (Lea: Así se evitará la excarcelación masiva de presos)
Así mismo, la solicitud resulta improcedente por el tipo de delito por el que está siendo procesado, concierto para delinquir agravado, cuyo conocimiento está originalmente atribuida a la justicia penal especializada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 600 del 2000.
CSJ Sala Penal, Auto AP-44812016 (35691), jul. 13/16
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