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Penal


Precisan competencia frente a medidas de restablecimiento del derecho

05 de Febrero de 2013

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Nota:
24926

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia afirmó que el juez de control de garantías conoce de las medidas de restablecimiento del derecho de carácter provisional, como la imposición de la medida de aseguramiento sobre las personas o la suspensión del poder dispositivo sobre los bienes.

 

A su vez, el juez de conocimiento estudiará el restablecimiento pleno del derecho, pues esto implica realizar juicios concretos sobre la materialidad de la conducta punible, lo que ocurre en la sentencia o decisión que finalice el proceso, aclaró.

 

De acuerdo con la corporación, el factor para asignar la competencia no es la etapa en la que se promueva la solicitud, sino la naturaleza de la medida, pues afirmar lo contrarío desconocería que la fase preprocesal no corresponde exclusivamente a los jueces de control de garantías y que el juicio oral no es privativo de los de conocimiento.

 

Por último, recordó que dichas medidas pueden ser requeridas por las víctimas de forma directa o mediante el fiscal del caso.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 40246, nov. 28/12, M. P. José Luis Barceló)

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