Omitir practicar prueba intrascendente no viola el principio de investigación integral (3:15 p.m.)
22 de Agosto de 2013
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Nota:
90643
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que la violación del principio de investigación integral puede constituir una irregularidad sustancial que lesiona el debido proceso. A su juicio, el interesado en demostrar el desconocimiento de ese principio no solo debe indicar las pruebas que se dejaron de practicar, sino también especificar su poder de convencimiento y trascendencia para la actuación. Entonces, la nulidad será viable, si la prueba omitida favorece al procesado, pero no cuando es superflua, explicó la corporación. En el caso analizado, el alto tribunal condenó al exsenador Fuad Emilio Rapag por promover organizaciones paramilitares en el departamento del Magdalena.
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