Penal
Nóminas no prueban la falsedad ideológica, cuando no se pagan los parafiscales
Desde el punto de vista contable, las nóminas no son comprobantes de pago, sino soportes que demuestran la liquidación de sueldos y deducciones.Openx [71](300x120)
03 de Febrero de 2012
Las nóminas de las entidades públicas no constituyen prueba del delito de falsedad ideológica, cuando en ellas se liquidan los parafiscales, pero no se pagan.
Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia de octubre pasado.
En el fallo, la Corte concluyó que, desde el punto de vista contable, las nóminas no son comprobantes de pago, sino soportes que demuestran la liquidación de los sueldos y las deducciones de los empleados.
Por lo tanto, si se comprueba que la entidad no le consignó los parafiscales a la respectiva caja de compensación, la nómina no será el documento que pruebe su falta de pago.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 34262, oct. 5/11, M. P. José Leonidas Bustos)
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