No se requiere que exista entrevista previa de quien va a declarar para decretar su testimonio (2:33 p.m.)
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30 de Octubre de 2018
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A través de un auto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia indicó que no es requisito indispensable para acceder al decreto de un testimonio, como medio de convicción, que exista entrevista previa de quien va a declarar, por lo que la carencia de este elemento no constituye indebido descubrimiento probatorio. De igual forma aseguró que es desacertado vetar la inclusión de la prueba testimonial con fundamento en que no se le ha entregado a la defensa una declaración preliminar que indique los detalles de la futura declaración judicial. También advirtió que no es cierto que con la práctica de la declaración solicitada se sorprenda indebidamente a la defensa, toda vez que conoce al sinopsis fáctica y jurídica del escrito de acusación, marco referencial para crear su estrategia defensiva y ejercer el contradictorio respecto de las declaraciones de los testigos (M. P. Luis Guillermo Salazar Otero).
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