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Niegan desacato de la sentencia que declaró el estado de cosas inconstitucional en las cárceles

03 de Junio de 2011

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Foto: Humberto Pinto

 

Trece años después de que la Corte Constitucional declarara el estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario colombiano, por medio de la Sentencia T-153 de 1998, esta corporación negó un incidente de desacato de todas las órdenes emitidas en esa sentencia.

 

La petición fue interpuesta por varias organizaciones académicas, universitarias y no gubernamentales que demostraron que el estado de cosas inconstitucional de las cárceles colombianas persiste y se ha agravado, a pesar de las inversiones hechas por el Estado en infraestructura carcelaria, a lo largo de la última década.

 

La Corte reconoció que el panorama carcelario nacional sigue siendo de vulneración sistemática de los derechos fundamentales de la población reclusa, pero se abstuvo de intervenir en la solución de esta problemática.

 

A su juicio, el juez de tutela no tiene la competencia para diseñar una política pública de mejoramiento de las condiciones carcelarias.

 

En ese sentido, les asignó a entidades del poder Ejecutivo como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y el Ministerio del Interior y de Justicia la responsabilidad de solucionar el hacinamiento carcelario y los demás inconvenientes que padecen las cárceles del país.

 

(C. Const., Auto 41, mar. 4/11, M. P. María Victoria Calle)

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