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Juez que no adelanta audiencia de control no siempre incurre en prevaricato por omisión (9:00 a.m.)

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21 de Agosto de 2018

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Frente al prevaricato por omisión no basta con la comprobación objetiva de la no realización de un deber legal, como ocurre cuando un juez se niega a adelantar una audiencia, por ejemplo, pues deben consultarse, además, las razones que determinaron tal proceder, con miras a determinar si la negativa a adelantarla está justificada o no, en los términos del deber legal que constituye el límite de la conducta exigible a los funcionarios judiciales, aclaró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En este orden, indicó que en los eventos en que la negativa del juez a resolver determinada petición tiene por presupuesto la creencia (fundada o no) de que está incurso en una causal de impedimento no se actualiza el tipo penal referido, pues el incumplimiento de su deber está justificado en razón del convencimiento personal del funcionario de no poder definir el asunto imparcial y objetivamente (M. P. Luis Antonio Hernández).

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