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Inpec declarará la emergencia carcelaria

28 de Mayo de 2013

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Ante la crisis  provocada por el alto nivel de hacinamiento, el Presidente de la República anunció la declaratoria de una emergencia carcelaria, para superar los problemas que afectan a 117.700 internos, recluidos en  138 establecimientos.

 

La medida, que será adoptada mientras el Congreso tramita la reforma al Código Penitenciario y Carcelario,  permitirá acelerar la ejecución de recursos para el Inpec, con el fin de aumentar la capacidad de los centros de reclusión, señaló el Jefe de Estado.

 

Esta entidad comunicó en horas de la mañana que procederá a decretar la emergencia carcelaria, con base en el artículo 168 de la Ley 65 de 1993, marco legal para este tipo de medidas.  Además, precisó que dicha figura no permite la excarcelación, ni siquiera de los internos que tengan pena cumplida o libertad condicional. 

 

Por su parte, la ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, informó que la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios tendrá competencias más amplias en la celebración de contratos para la construcción de nuevos establecimientos carcelarios, entre otras medidas similares.

 

Defensoría pide emergencia social

El defensor del pueblo, Jorge Armando Otálora, advirtió que la medida anunciada por el Ejecutivo resulta insuficiente para enfrentar la crisis carcelaria que vive el país.

 

En su opinión, la emergencia carcelaria es una medida de carácter administrativo que no resulta funcional ni puede ser invocada para conjurar los problemas de hacinamiento y de cierre de pabellones y cárceles, aspectos centrales de la crisis.

 

Dada la magnitud de la situación, agravada por la entrada en vigencia e implementación de la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 1453 del 2011) y las recientes decisiones de tutela que han ordenado el cierre parcial o total de 16 centros de reclusión son necesarias medidas excepcionales, aclaró el Defensor.

 

Por esa razón, insistió en la necesidad de declarar el estado de emergencia social, lo que le permitiría al Presidente de la República tomar medidas extraordinarias, cuando se registren hechos sobrevinientes que pongan en riesgo a la sociedad.

 

Dentro de estas medidas, se contempla la modificación del sistema judicial administrativo, para ampliar el número de jueces de ejecución de penas; la revisión del sistema penal y la construcción de nuevas cárceles, entre otras.

 

Consulte además:

La crisis del sistema penitenciario, un problema de nunca acabar

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