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Penal


Fijan reglas para acumular el proceso ordinario con el de Justicia y Paz

La procedencia de la figura depende de que la sala de conocimiento de Justicia y Paz reconozca la legalidad de los cargos por juntar, previo inventario de los hechos.
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08 de Febrero de 2013

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia indicó que la acumulación del proceso ordinario con el de Justicia y Paz se debe ordenar en audiencia, por solicitud exclusiva de la Fiscalía General de la Nación.

 

Así mismo, la procedencia de la figura depende de que la sala de conocimiento de Justicia y Paz reconozca la legalidad de los cargos por juntar, previo inventario de los hechos, advirtió el alto tribunal.

 

La petición debe contener las razones que la justifican, los factores de conexidad y el pronóstico de sentencias que cubran la totalidad de hechos del frente subversivo correspondiente.

 

Finalmente, el fiscal debe verificar que el proceso acumulado siga siendo manejable y ágil, para lograr su pronta finalización, concluyó la corporación.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 39269, oct. 17/12, M. P. José Leonidas Bustos)

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