Penal
Falsedad ideológica es delito de peligro, no de resultado
Por este motivo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ha condenado a jueces que firmaron actas de audiencias sin haber estado presentes.Openx [71](300x120)
30 de Marzo de 2011
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que la falsedad ideológica en documento público es un delito de peligro. Por lo tanto, para su configuración, no se exige la producción de un daño real, sino que basta con que la conducta tenga el potencial de causarle un daño a la fe pública.
Además, la Sala recordó que el dolo de la falsedad ideológica no se desvirtúa con la demostración de que el funcionario público no quiso causar un daño. El conocimiento de la conducta ilícita, explicó, es suficiente para que se tipifique el delito.
Con base en estos argumentos, la Corte ha condenado a jueces que firmaron actas de audiencias en las que no estuvieron presentes, como sucedió en el caso que generó este nuevo pronunciamiento.
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