Explican agravación por autoridad o confianza sobre la víctima en delitos sexuales (2:40 p.m.)
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07 de Junio de 2019
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Al pronunciarse sobre una posible violación de garantías fundamentales en la sentencia que condenó a un ciudadano por el delito de acto sexual violento agravado, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó la causal segunda de agravación punitiva (Art. 211, Código Penal) en relación con esta conducta. Este agravante indica: “El responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre la víctima, o le impulse a depositar en él su confianza”. Para la Corporación, la causal se configura cuando el agente ostenta una posición, carácter o cargo que le da una particular autoridad sobre la víctima o, también, cuando ese mismo carácter, posición o cargo obliga a la víctima a depositar su confianza en el sujeto activo de la conducta. En el presente caso, el fallo explicó que la acusación no revela con precisión cuál fue la circunstancia fáctica que permitiría aplicar la causal, por lo que redosificó la pena revocando parcialmente el fallo (M. P. José Luis Barceló Camacho).
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