Penal
Exequibles penas por muerte y abandono de recién nacido producto de violación o fecundación no consentida
El tratamiento menos gravoso para estas conductas hace pensar que se le da menor valor a la vida de los niños nacidos en estas condiciones, afirmaba la demanda.Openx [71](300x120)

07 de Noviembre de 2014
La Corte Constitucional declaró exequibles los artículos 108 y 128 de la Ley 599 del 2000 (Código Penal), que tipifican la muerte y el abandono del hijo recién nacido que ha sido producto de acceso carnal violento o abusivo o de fecundación asistida no consentida.
En una votación de seis a dos, la Sala Plena no aceptó los reparos de los accionantes, según los cuales, el tratamiento menos gravoso por la comisión de estas conductas hace pensar que se le da menor valor a la vida de los niños nacidos en estas condiciones.
En caso de muerte causada durante el nacimiento o dentro de los ocho días siguientes a esta, el artículo 108 consagra una pena de 64 a 108 meses de prisión; para el abandono, la sanción es de 16 a 54 meses de prisión, de acuerdo con el artículo 128.
La Procuraduría General de la Nación había solicitado declarar inexequibles las normas, pues el artículo 41 de la Ley 1453 del 2011 (que modificó el artículo 130 de la Ley 599) señala que la muerte como consecuencia del abandono debe recibir la misma pena que el homicidio, prevista en el artículo 103 del Código Penal.
En opinión de los demandantes, estas normas diferencian entre la muerte de un niño que nace como resultado de una fecundación consentida por la madre y el que es fruto de un acceso carnal violento, abusivo, de inseminación artificial o de transferencia de óvulos no consentidas, lo que vulnera los artículos 11, 13 y 44 de la Constitución y los artículos 6º y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
La demanda también advertía que no era posible alegar una ponderación entre los derechos del niño y los de la madre como fundamento de la considerable atenuación punitiva que otorgan los artículos demandados.
(Corte Constitucional, Noticia, nov. 7/14)
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