Este presupuesto sí permite concluir la existencia de actos de corrupción en la configuración del delito de prevaricato (10:14 a.m.)
05 de Febrero de 2018
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Nota:
59585
Un fallo reciente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explica que la exigencia de verificar la presencia de actos de corrupción en la configuración del delito de prevaricato por acción necesite, obligatoriamente, la presencia de una prueba que directamente informe un interés o móvil específico del funcionario judicial es errada. Ello en tanto este presupuesto se satisface cuando las pruebas recaudadas y las circunstancias objetivas relacionadas con la controvertida decisión judicial permiten concluir que el pronunciamiento ilegal obedeció a una finalidad deshonesta del juez. Por otra parte, aclaró que cuando los dictámenes allegados al proceso no son objetados en su oportunidad legal por la parte demandante “no le permite concluir a los togados la corrección o complacencia de dicha parte con los mismos” (M. P. Fernando Alberto Castro).
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