Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Penal


Estado de necesidad debe ponderarse con los derechos afectados, para eximir de responsabilidad

La Corte Suprema confirmó la condena contra un hombre que amenazó con una granada a varias personas en una oficina de un fondo de pensiones y cesantías de Bogotá.

Openx [71](300x120)

28149

26 de Agosto de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El estado de necesidad debe ponderarse con los derechos y bienes jurídicos afectados, para que pueda operar como eximente de responsabilidad penal, afirmó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

 

Con este argumento, la Corte confirmó la condena por secuestro extorsivo agravado y porte de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas impuesta a un militar retirado que amenazó con una granada a varias personas en una oficina de un fondo de pensiones y cesantías de Bogotá, para reclamar su pensión, en mayo del 2008.

 

En opinión del alto tribunal, al condenado no se le podía reconocer el estado de necesidad, a pesar de sus precarias condiciones económicas, pues su conducta fue desproporcionada, en comparación con los bienes jurídicos afectados, como la vida y la libertad de quienes fueron víctimas del secuestro.

 

Finalmente, señaló que tampoco se podía reconocer la inculpabilidad putativa, debido a que las circunstancias demostraron que el procesado organizó todo el plan, de tal forma que no hubo error en la justificación de la existencia del estado de necesidad.

 

(CSJ, S. Penal., Sent.  32614, ago. 17/11. M. P. Alfredo Gómez)

 

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)