En enjuiciamiento ordinario de delitos cometidos por indígenas aplica la ley penal en su integridad (3:15 p.m.)
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09 de Septiembre de 2013
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Cuando el enjuiciamiento de delitos cometidos por miembros de comunidades indígenas corresponde a la justicia ordinaria, a los acusados se les aplican en su integridad las normas y procedimientos propios de la ley penal, recordó la Corte Suprema de Justicia. En tales condiciones, la corporación aclaró que el juez de conocimiento está obligado a respetar el principio de legalidad en la imposición de las sanciones y en la concesión de subrogados penales. En el caso en estudio, la Sala Penal retomó la Sentencia T-097/12, para considerar que cuando se han cumplido todos los pasos requeridos y se ha asignado al juez ordinario la función de juzgar a miembros de comunidades indígenas, no puede alegarse “desconocimiento del derecho propio, el juez natural y el debido proceso” (M. P. Gustavo Enrique Malo).
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