Penal
En delitos culposos, no se puede sancionar el simple resultado material de la conducta
La responsabilidad penal requiere que el resultado lesivo sea previsible y que se viole el deber objetivo de cuidado.Openx [71](300x120)
29 de Febrero de 2012
En los delitos culposos, la responsabilidad penal requiere que el resultado lesivo sea previsible y que se viole el deber objetivo de cuidado. Por esa razón, no es posible sancionar el simple resultado material de la conducta, aclaró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Con estos argumentos, la Sala absolvió al conductor de un bus acusado de homicidio culposo. En su opinión, el juez de segunda instancia concluyó que el procesado era responsable de la muerte de un menor de edad, con ambiguas generalizaciones afirmativas.
Según la corporación, el juzgador también debió valorar la conducta del padre de la víctima, pues existía la posibilidad de que su conducta imprudente y temeraria hubiera causado el accidente.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 37249, nov. 30/11, M. P. Luis Guillermo Salazar Otero)
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