El juramento estimatorio no es prueba suficiente del daño (3:31 p.m.)
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03 de Enero de 2017
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Según la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el juramento estimatorio no es prueba suficiente del daño, pues solo constituye un estimativo de su cuantía, que debe estar acompañado de prueba sumaria de la existencia de los bienes que se valúan para adquirir un costo suasorio. Si bien se ha sostenido, en otras oportunidades, que la víctima puede acudir a este instituto para acreditar la cuantía de los daños causados cuando dentro del proceso de Justicia y Paz no se demuestra su monto, ello no significa que supla la prueba del daño, advirtió. Justamente, recordó que la valoración este mecanismo debe sujetarse a las reglas de apreciación probatoria, en virtud de las cuales no basta con las afirmaciones del demandante. En efecto, resaltó que es necesario, de una parte, que las sumas se encuentren señaladas de manera razonada y, de otra, que de conformidad con la sustancialidad de las formas medie un principio de acreditación, siquiera precario, de cuanto se expresa en él (M. P. Luis Antonio Hernández).
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