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Penal


El juramento estimatorio no es prueba suficiente del daño

La Sala Penal recordó que en los procesos de Justicia y Paz la valoración de este mecanismo debe sujetarse a las reglas de apreciación probatoria.

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03 de Enero de 2017

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Según la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el juramento estimatorio no es prueba suficiente del daño, pues solo constituye un estimativo de su cuantía, que debe estar acompañado de prueba sumaria de la existencia de los bienes que se valúan para adquirir un costo suasorio.  (Lea: El juramento estimatorio en el Código General del Proceso)

 

Si bien se ha sostenido, en otras oportunidades, que la víctima puede acudir a este instituto para acreditar la cuantía de los daños causados cuando dentro del proceso de Justicia y Paz no se demuestra su monto, ello no significa que supla la prueba del daño, advirtió.

 

Justamente, recordó que la valoración este mecanismo debe sujetarse a las reglas de apreciación probatoria, en virtud de las cuales no basta con las afirmaciones del demandante.  (Lea: Exequible criterio para sancionar exceso en juramento estimatorio de indemnización)

 

En efecto, resaltó que es necesario, de una parte, que las sumas se encuentren señaladas de manera razonada y, de otra, que de conformidad con la sustancialidad de las formas medie un principio de acreditación, siquiera precario, de cuanto se expresa en él (M. P. Luis Antonio Hernández).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia SP-165752016 (47616), Nov. 16/16

 

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