Penal
Delitos de lesa humanidad siempre deben ser investigados por la justicia ordinaria
12 de Octubre de 2011
En ningún caso los delitos de lesa humanidad pueden ser conocidos por la justicia penal militar, ya que no hay conexidad entre ellos y las funciones de la fuerza pública.
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura advirtió que estas conductas siempre deben ser juzgadas por la justicia ordinaria, pues, de lo contrario, se vulneraría la naturaleza del fuero militar.
El pasado 3 de agosto, la corporación resolvió un conflicto de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la penal militar, en un proceso adelantado contra algunos miembros del Ejército que les causaron la muerte a unos civiles, al parecer agricultores.
El alto tribunal recordó que para definir la aplicabilidad o no del fuero militar en el curso del proceso, se debe determinar la existencia de pruebas claras que indiquen la relación entre la conducta del agente de la fuerza pública y su conexidad con el servicio.
Si esta no existe o hay duda sobre el órgano competente, siempre deberá radicarse la competencia en la justicia ordinaria, resaltó la corporación.
En el caso analizado, la Sala le asignó la competencia del caso al Fiscal Quinto Especializado de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
(C. S. Jud., S. Disciplinaria, Sent. 11001010200020110189400, M. P. Pedro Alonso Sanabria, ago. 3/11)
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