Corte Suprema explica cómo se demuestra la existencia de una circunstancia de concausalidad (9:59 a.m.)
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18 de Mayo de 2010
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Para que se demuestre el rompimiento del nexo de causalidad entre la conducta endilgada al agente y el resultado típico que finalmente produjo su actuar, esto es, para que se dé por sentada la existencia de una circunstancia de concausalidad, porque un hecho o un acontecimiento exógeno operó, es necesario probar más allá de toda duda razonable la existencia del hecho externo, ajeno y concomitante, que este haya potencializado los efectos de la conducta del agente o la haya reemplazado respecto de la producción de las consecuencias típicas y que efectivamente sea la concausa o la causa autónoma. Esto dijo la Corte Suprema de Justicia al conocer un argumento en casación que acusaba a la forma como fue tratada y trasladada una persona que sufrió una lesión cervical, luego de recibir varios golpes, como la causa de muerte de la víctima. A juicio del alto tribunal, se debió aducir una prueba pericial médico científica que demostrara que la asistencia inadecuada era la concausa concomitante que determinó la muerte y no allegar prescripciones médicas como máximas de experiencia (M.P. Yesid Ramírez Bastidas).
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