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Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Penal


Corte Suprema es juez de segunda instancia en juicios contra congresistas que renuncian a su fuero

04 de Febrero de 2011

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Foto: Humberto Pinto

 

En una de sus primeras decisiones del 2011, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia complementó su competencia en los procesos contra los congresistas que renuncian a su fuero en los casos de la “parapolítica”.

 

Ahora, además de ser su juez de única instancia, lo será también de segunda instancia, al resolver las apelaciones interpuestas contra las sentencias proferidas por jueces de inferior jerarquía antes del 1º de septiembre del 2009, fecha en la que adoptó la jurisprudencia según la cual la renuncia al fuero no le quita su competencia para investigar y juzgar a los parlamentarios (ver recuadro).

 

A dicha tesis la Corte le asignó efectos retroactivos, con el fin de reasumir todos los procesos de la “parapolítica” que estaban en investigación en la Fiscalía o en etapa de juicio en diferentes juzgados del país.

 

Sin embargo, este precedente no se refirió a la competencia de la Corte en los casos en los que ya había una sentencia y, además, el fallo estaba pendiente de la decisión de segunda instancia. La respuesta a ese interrogante fue el reciente ajuste jurisprudencial.

 

En principio, el Auto 30879 de febrero del 2009 parecía orientar la solución de esta incógnita. En él, la Corte determinó que lo procedente era otorgarle la categoría de única instancia a la sentencia del juez de inferior jerarquía, lo que la volvía inapelable, por tratarse de una decisión sobre un aforado constitucional.

 

Pero, en esta ocasión, el alto tribunal se apartó de su precedente y cambió su jurisprudencia. Así, advirtió que la sentencia no adquiere el carácter de única instancia, sino que debe asimilarse a una providencia de primera instancia, susceptible de apelación. No obstante, la segunda instancia no la debe resolver un tribunal superior, sino la propia Corte Suprema, concluyó la corporación.

 

De esta forma, en un solo auto, la Corte adoptó dos decisiones radicalmente opuestas a las tomadas en fallos anteriores, que le ampliaron su poder decisorio, no solo en la “parapolítica”, sino en todos los casos de congresistas que renuncien a su fuero.

 

Con base en esta tesis, la Sala Penal resolverá la apelación interpuesta contra la sentencia de un juzgado especializado de Bogotá que absolvió al ex congresista William Montes de supuestos vínculos con paramilitares. Dicho fallo fue proferido antes de que la Corte inaugurara su controvertida tesis del fuero institucional irrenunciable en el Auto 31653 del 1º de septiembre del 2009.

 

Las razones del cambio 

Para variar su jurisprudencia, la Corte tuvo que justificar jurídicamente dos situaciones particulares y novedosas: la primera, volver apelables sentencias que por mandato legal no lo son, como las que se adoptan contra los parlamentarios; la segunda, atribuirse competencia para ser juez de segunda instancia, a pesar de que las normas procesales, constitucionales y legales se la otorgan como juez de única instancia.

 

Esta corporación siempre ha sido partidaria de aplicar la excepción al principio constitucional de la doble instancia en los procesos contra congresistas. Para apartarse de su tendencia, señaló que, aunque las sentencias se originen en procesos contra funcionarios aforados, quien toma la decisión es un juez de inferior jerarquía, al que las leyes penales no le asignan funciones de única instancia, sino de primera instancia.

 

Dicho de otra forma, a los juzgados no se les puede asignar una competencia que solo tiene la Corte Suprema. Por lo tanto, todas sus sentencias son apelables.

 

Por último, la Corte concluyó que la garantía superior de la doble instancia no puede negarse de forma arbitraria, cuando su aplicación no es clara en el sistema jurídico. De hecho, tuvo que tomar esta decisión, porque las leyes procesales no le brindan una solución directa a este problema.

 

En consecuencia, la interpretación del principio constitucional de la doble instancia debe ser favorable, y no restrictiva, para los sujetos procesales, indicó la corporación. 

 


 

La jurisprudencia del fuero institucional

 

Desde que arrancó el proceso de la “parapolítica”, los congresistas tomaron como estrategia renunciar a su fuero, para ser juzgados por jueces de inferior jerarquía a la Corte Suprema de Justicia. De esta manera, podían contar con el derecho a la segunda instancia, garantía que no tienen los juicios ante la Corte.

 

El alto tribunal le puso una talanquera a esta maniobra, con un cambio jurisprudencial, en un auto de septiembre del 2009. Durante mucho tiempo, señaló que los congresistas podían renunciar a su fuero, por tratarse de una garantía personal. Pero en la providencia mencionada, explicó que el fuero para ser juzgado por la Corte es irrenunciable, porque se trata de un privilegio institucional.

 Gracias a su novedoso criterio, reasumió los procesos que adelantaban otras instancias contra congresistas que habían renunciado a su fuero, como los ex parlamentarios Carlos García Orjuela, Luis Humberto Gómez Gallo, Álvaro Araújo, Vicente Blel, Édgar Eulises Torres, Gonzalo García Angarita y Rubén Darío Quintero.

 

Además, la Corte ha ratificado su nueva posición, en procesos que no hacen parte de la “parapolítica”. Fue el caso del ex parlamentario José Vicente Lozano, quien renunció a su fuero, cuando comenzó a ser investigado por vínculos con grupos guerrilleros.

 

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